Novedades en el régimen del personal de la ACPUA

01/02/2016
Agencia Calidad Prospectiva Universitaria Aragón


La reciente Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, que acaba de ser objeto de publicación (BOA del 3 de febrero), introduce en su art. 49.2  una importante novedad en materia de personal de la ACPUA. Hasta la fecha éste estaba exclusivamente compuesto por personal laboral regido por el convenio colectivo y la legislación laboral aplicable. A partir de ahora, la Agencia contará, como instrumento de ordenación de personal, con una plantilla propia que podrá estar compuesta tanto por personal laboral propio de la entidad como por personal funcionario y personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Esta Ley modifica así el artículo 95.1 de la Ley 5/2005, de 14 de  junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón (LOSUA).


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